comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en cada uno de los términos expuestos, ya que cumple con los requisitos exigidos para su validez y eficacia, dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo, en lo que respecta al desistimiento de la acción y del procedimiento, manifestado por la parte actora en el referido escrito el cual cursa en los autos al folio (66), este Juzgador le imparte su HOMOLOGACIÓN, solamente en lo que respecta al desistimiento del procedimiento, y no de la acción todo ello de conformidad con el principio de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores consagrado en los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 del Reglamento de dicha Ley, así como en el numeral 2° del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así mismo, este Juzgado considera inoficio.....