Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se revoca por contrario imperio, todas y cada una de las actuaciones efectuadas por este Juzgador, a partir de la fecha Veintinueve (29) de Septiembre de 2011, así como las de fecha Tres (03) de Octubre de 2011, las cuales cursan en los autos a los folios (189), (191) y (192); todo ello en aplicación los privilegios y prerrogativas procesales que ostenta la parte demandada y condenada en la presente causa, empresa TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A. Así se establece.
SEGUNDO: Se ordene la remisión inmediata del presente expediente al Juzgado Primero (1°) de Juicio de este Circunscripción Judicial, a los fines que este se pronuncie sobr.....