En consecuencia, al evidenciarse que no se violan los derechos laborales de la trabajadora, cumpliéndose con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 9 y 10 de su Reglamento, y actuando libre de apremio y coacción, este Juzgado HOMOLOGA CON FUERZA DE COSA JUZGADA la transacción presentada, así como acuerda las copias certificadas de la transacción del presente auto. Así se establece.-