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Decisiones del dia 06/10/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-S-2015-001719 N° Sentencia : PJ0352015000108 Fecha: 06/10/2015
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
RAFAEL PINTO VS CONSTRUCCIONES 9178, C.A.
Resumen:
considerándose que no hay cesión de derechos, sino un convenimiento por el monto ofrecido y una renuncia a los derechos del trabajador de interponer cualquier otra acción relacionada con su prestación de servicio a su exempleador, por ello se niega la homologación de transacción y se homologa el pago efectuado al trabajador, quedando incólume su derecho de ejercer cualquier acción contra la entidad de trabajo oferente en el presente asunto. Se ordena la notificación de las partes y por cuanto el domicilio procesal de la parte Oferida, se encuentra ubicado en Charallave del Estado Bolivariano de Miranda, se ordena librar exhorto a los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de dicho Estado, con sede en Charallave y Oficio a la Coordinación Judicial de ese Circuito Judicial, a los fines que se practique la notificación de la parte Oferida, a la cual se le concede un día (1) de término de la distancia. Las partes pueden ejercer el recurso pert.....
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2015-001719 N° Sentencia : PJ0352015000108 Fecha: 06/10/2015
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
CONSTRUCCIONES 9178, C.A. Y RAFAEL PINTO
Resumen:
se niega la homologación de transacción y se homologa el pago efectuado al trabajador, quedando incólume su derecho de ejercer cualquier acción contra la entidad de trabajo oferente en el presente asunto. Se ordena la notificación de las partes y por cuanto el domicilio procesal de la parte Oferida, se encuentra ubicado en Charallave del Estado Bolivariano de Miranda, se ordena librar exhorto a los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de dicho Estado, con sede en Charallave y Oficio a la Coordinación Judicial de ese Circuito Judicial, a los fines que se practique la notificación de la parte Oferida, a la cual se le concede un día (1) de término de la distancia. Las partes pueden ejercer el recurso pertinente, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la práctica de la última de las notificaciones.
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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