En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales intentada por la ciudadana Alejandra Eugenia Almiñana Paredes en contra de la sociedad mercantil Inversiones Lolita 70, C.A. . SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de 170 días de antigüedad por Bs. 17.599,24, intereses sobre prestaciones sociales, cuyo cálculo lo hará un experto contable designado por este Juzgado, según las directrices indicadas en la parte motiva de esta sentencia, Bs. 7.616,88 por 43,75 días de utilidades 2006, 2007 y 2008, Bs. 8.356,80 por 48 días de vacaciones períodos 2005-2006, 2006-2007, 2007-2008, Bs. 4.178,40 por 24 días de bono vacacional, 90 días de indemnización por despido injustificado po.....