los Juzgados del Trabajo pueden conocer de procedimientos de estabilidad de trabajadores, entre otros, que fueron despedidos con posterioridad al 07 de mayo del año en curso, fecha de entrada en vigencia de la Nueva Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y, que prestaron servicio a su patrono por un tiempo mayor a un (1) mes, como bien lo establece el artículo 87 eiusdem y menor a tres (3) meses, por cuanto aquellos trabajadores y trabajadoras que fueren despedidos sin justa causa, con una antigüedad mayor a tres (3) meses, contratados a tiempo determinado o indeterminado, están protegidos de inamovilidad laboral especial hasta el 31 de diciembre de 2012, como se encuentra establecido en el artículo 8 del Decreto Nº 8.732, publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.828, en concordancia con el artículo 94 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras. Aplicando las normas in comento, al despido denunciado por la parte actora supra identificado, éste se.....