este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara improcedente la medida cautelar de embargo ejecutivo de bien inmueble solicitada por los abogados María Pineda y José Méndez, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora María Dolores De Freitas G., en el juicio seguido contra la Sucesión León Wiesenfeld y la Asociación Civil de Propietarios del Edificio Carmel (ASOPROEDICAR).