declara: Se homologa con fuerza de cosa juzgada la transacción presentada por el ciudadano FELIX JOEL JIMENEZ LEDEZMA y la sociedad mercantil C.A., CIGARRERA BIGOTT SUCS., dándose por terminado el presente procedimiento. Debido a la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Se acuerdan un juego de copias certificadas de la demanda, del auto de admisión de la demanda, de la transacción presentada, de la presente decisión y del auto de cierre, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La parte interesada deberá consignar las correspondientes copias simples, a tales efectos. No se ordena la notificación de las partes, al encontrarse a derecho.