en consecuencia se determina que la transacción en comento cumple con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 9 y 10 de su Reglamento, debido a ello este Juzgado Homologa con fuerza juzgada la transacción por el monto de Diecinueve mil Bolívares Fuertes (Bs. 19.000,00), observándose que se realizó el pago del monto transaccional a la parte actora , se establece que no se le adeuda nada al trabajador, en consecuencia, este Juzgado ordena el cierre y el archivo del presente expediente.