por órgano de la Inspectoría del Trabajo correspondiente, para emitir pronunciamiento sobre la homologación de la transacción presentada por el ciudadano NUCCIO FRANCESCO BURDI y MULTISERVICIOS KENT 1943, C.A. SEGUNDO: Debido a la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. TERCERO: Se ordena la notificación de las partes. CUARTO: Una vez notificadas las partes y transcurrido el lapso, sin que se ejerza recurso alguno contra la presente decisión, se enviará en consulta a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. Dada, firmada y sellada el 30 de enero de 2015, en la sede del Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.