Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 03/06/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-S-2013-000962 N° Sentencia : Fecha: 03/06/2013
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
PARTE OFERENTE: CORPORACIÓN CLOROX DE VENEZUELA, S.A. Y PARTE OFERIDA: JOSÉ ESTABILE BLANCO
Resumen:
este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que las partes, luego de hacerse recíprocas concesiones de los derechos discutidos, aceptaron que la parte Oferente CORPORACIÓN CLOROX DE VENEZUELA, S.A., pague a la parte oferida: ciudadano JOSÉ ESTABILE BLANCO, cédula de identidad NºV-17.705.979, la cantidad de BOLÍVARES FUERTES CIENTO CINCUENTA MIL SIN CÉNTIMOS (Bs.F.150.000,00), por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional. Igualmente, se evidencia que la referida transacción constituye un finiquito total y definitivo de las pretensiones deducidas, así como por cualquier otro derecho que eventualmente pudiera tener la Oferida por otros conceptos. Asimismo, corresponde a este Tribunal verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, el.....
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
arriba

N° Expediente : AP21-S-2013-000854 N° Sentencia : Fecha: 03/06/2013
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
PARTE OFERENTE: TEXTILES GAMS, C.A. Y PARTE OFERIDA: YELITZA MARGARITA PAREDES
Resumen:
este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que la parte Oferente ofrece la cantidad de Bs.172.467,25, que comprende los siguientes conceptos: indemnización establecida en el informe pericial Nº01662-12 del 16 de agosto de 2012, prestación de antigüedad, y salarios del último año de reposo. Asimismo, se evidencia que la parte Oferida ciudadana YELITZA MARGARITA PAREDES, cédula de identidad NºV-6.004.199, debidamente asistida de abogada, acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES FUERTES CIENTO SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (Bs.F.172.467,25), por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento donde ambas partes manifiestan su voluntad de ofrecer y aceptar las cantidades y conceptos que se señalaron ut supra. A.....
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
arriba

N° Expediente : AP21-L-2012-005028 N° Sentencia : Fecha: 03/06/2013
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
DANIEL PAREDES, CARLOS GOITTIA, JCKSON RANDEZ, JOSÉ GARCÍA ALMERIDA, MILTHON COLMENARES, JEOMAR ROJAS, NELSON VIVAS, DANIEL DÍAZ LECUMBERRES, LINDOMAR ROJAS, CHRISTHYAN RAMÍREZ Y JEN FIERRE BALLESTERO, VSSIGLO XXI CONSULTORÍA EMPRESARIAL S.A., SERVICIOS ACUÁTICOS DE VENEZUELA, C.A. (SAVECA), DAVID LÓPEZ JOSÉ ALEXIS, HART RICHARD THOMASRICHARD HAMM, CÁRDENAS YEPEZ JOSÉ ALBERTO, HOET LINARES FRANKLIN, CÁRDENAS GIL ISMAEL JOSÉ, MARIÑO BLANCO TOMÁS
Resumen:
La solicitud realizada por la representación judicial de la parte actora, en tanto que, este Tribunal autorice el que nombre a un Alguacil y que éste sea acompañado por la parte Actora, a los fines que sea practicada la notificación respectiva, resulta improcedente por cuanto el legislador adjetivo especial, con referencia a la notificación a la parte Demandada en su artículo 126, no estableció dicha posibilidad de acompañamiento, y previó de manera clara e inequívoca las modalidades de notificación: por cartel, la cual practica el ciudadano Alguacil, en los términos allí explanados; la notificación a través de mandatario; por medios electrónicos; por notario público y en el artículo 127 ejusdem por correo. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
arriba

N° Expediente : AP21-S-2013-001081 N° Sentencia : Fecha: 03/06/2013
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
PARTE OFERENTE: CORPORACIÓN DIGITEL C.A. Y PARTE OFERIDA: FEDERICA ASSANDRIA ELSEN
Resumen:
En consecuencia, este Tribunal niega la homologación con respecto a este punto, por ser improcedente, por ser contrario a derecho, en virtud que el trabajador (Oferido) puede desistir del procedimiento, ante el órgano administrativo o jurisdiccional competente, mas no de la acción, todo ello de conformidad con el principio de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores consagrado en los artículos: 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; 10 del Reglamento de dicha Ley, así como en el numeral 2° del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. De tal manera, que el trabajador no puede desistir de la acción o renunciar a sus derechos y, menos aún, puede ser homologada dicha solicitud, ya que la misma representaría una renuncia a los derechos adquiridos por el mismo, los cuales son irrenunciables, imprescriptibles e inextinguibles, conforme al criterio establecido por la Sala de Casac.....
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados