Visto escrito de Transacción de fecha veintinueve (29) de noviembre de dos mil doce (2012), presentada por los ciudadanos: CELIA MARRERO, abogada, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°44.593, quien asiste a la parte Oferida ciudadana MARÍA CAFERINA NIÑO, cédula de identidad NºV-4.110.386 y JHUAN JHUAN MEDINA, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°156.574, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente AZERTIA GESTIÓN DE CENTROS VENEZUELA S.A.; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que las partes, luego de hacerse recíprocas concesiones de los derechos discutidos, aceptaron que la parte Oferente AZERTIA GESTIÓN DE CENTROS VENEZUELA S.A., pague a la parte oferida: ciudadana MARÍA CAFERINA NIÑO, cédula de identidad NºV-4.110.386, la cantidad de BOLÍVARES FUER.....