Vista diligencia contentiva del acuerdo planteado por las partes de fecha cuatro (04) de marzo de dos mil trece (2013), presentada por los ciudadanos: NILDA ESCALONA, abogada, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°64.444, quien asiste a la parte Oferida ciudadano DEIVIS JOSÉ PEÑA RAMOS, cédula de identidad NºV-13.992.269 y WERNER ANTONIO REYES, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°82.929, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente INVERSIONES INSPORT II, C.A.; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa: que la parte Oferente INVERSIONES INSPORT II, C.A., paga a la parte oferida: ciudadano DEIVIS JOSÉ PEÑA RAMOS, cédula de identidad NºV-13.992.269, la cantidad de BOLÍVARES FUERTES NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs.F.9.362,66).....