este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho acuerdo, cuyo monto total fue por BOLÍVARES TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO SIN CÉNTIMOS (Bs.31.278,00); y comprende de acuerdo al contenido de la transacción y el escrito libelar, los siguientes conceptos: garantía de prestaciones sociales (antigüedad); vacaciones; bono vacacional; utilidades; vacaciones fraccionadas; bono vacacional fraccionado e intereses sobre prestaciones sociales; y del mismo expediente se evidencia el instrumento valor (cheque) mediante el cual se dio cumplimiento a la obligación, el cual fue girado a favor del Trabajador, contra Banco Banesco Banco Universal, cheque Nº38000778, de fecha 14 de diciembre de 2015; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en.....