En atención a las anteriores consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas, Sala de Juicio III, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos AUDREY ALEXANDRA GONZALEZ HERNANDEZ y FABRICIO RAFAEL PINTO GIL, ambos identificados anteriormente.- En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en el lugar y fecha indicado.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 349 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, ambos padres ejercerán conjuntamente la Patria Potestad sobre sus hijos y la Guarda la ejercerá la madre.
En cuanto al Régimen de Visitas y la Obligación Alimentaria, esta Sala de Juicio III, ratifica lo acordado por las partes en su escrito de solicitud.