esta Sala de Juicio N° 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Autorización para Viajar, presentada por la ciudadana PAULA MARÍA TONINO DE HIDALGO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.815.529. En consecuencia, el niño ....................................., de ocho (08) años edad, queda AUTORIZADO para viajar en compañía de su madre ciudadana PAULA MARÍA TONINO DE HIDALGO, a la ciudad de Spokane, Pullman, Washington de Estado Unidos de Norteamérica, durante el lapso comprendido entre el 01 de agosto de 2006 hasta el 12 de septiembre de 2006.