Se declaró CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, establecido en el Código Civil de Venezuela, incoada por los YAMILA DEL CARMEN JOUDIEH HERRERA y RENIER MODESTO SIFONTES SIFONTES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.228.173 y V-3.626.709 y en consecuencia Declara DISUELTO el Vinculo Matrimonial que los unía y que contrajeron por ante La Primera Autoridad Civil del Municipio Foráneo Leoncio Martínez. Del Distrito Sucre del Estado Miranda, en fecha 17 de marzo de 2000, según acta de número 14, de esa misma fecha