En consecuencia, esta Sala de Juicio Novena del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa la transacción celebrada entre los ciudadanos MARIA ISABEL CRUZ y ROBERTO ROGER RAMOS, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por ende, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Devuélvanse los originales solicitados previa certificación por Secretaría, y ASI SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Novena del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los nueve (9) días del mes de diciembre del año dos mil ocho (2008). Años: 198 de.....