En consecuencia, esta Juez Unipersonal N° 9, del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, en uso de sus amplias facultades legales que le confiere el artículo 392 de de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, concede AUTORIZACION JUDICIAL suficiente para que la adolescente (...), viaje a la Ciudad de Medellín, Bogota y Cartagena, a partir del día veintiuno (21) al veintisiete (27) de Diciembre del corriente año 2009, en compañía de su progenitora, ciudadana LIDA CRISTINA ALFONZO MARCANO, plenamente identificada. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y las que requiera la parte interesada, y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, una v.....