este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la inscripción inmediata de la niña XXXXXXXXXXen los libros de registro correspondientes. A tales efectos, líbrese oficio a la Primera Autoridad Civil correspondiente y al Registro Principal anexándole copia certificada de esta decisión, comunicándole lo conducente. Devuélvase los originales. Líbrese copia certificada