En el día 12-06-06, se dictó auto mediante el cual se autoriza a la ciudadana LILIANA PASCUALINA PROIETTI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro 7.922.181, en su carácter de guardadora y representante legal de la adolescente MELANI STEFANIA NASCA PROIETTI, a tramitar y gestionar por ante la ONI-DEX, lo relativo a la obtención del pasaporte de su hija, a tenor de lo previsto en el artículo 22 de la LOPNA. A tal efecto se acuerda oficiar al citado ente, comunicándole lo conducente.