Se dictó sentencia en la que se declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana CARLA MARÍA DE OLIVEIRA VALENTE, por medio de apoderada judicial, en contra del auto de fecha 10 de diciembre de 2007, dictado por la Juez Unipersonal Nº XIII de la Sala de Juicio de este Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente, el cual se CONFIRMA en todas y en cada una de sus partes. En consecuencia, se mantiene con todos sus efectos jurídicos el auto de fecha 10 de diciembre de 2007, es decir, PRIMERO: se dejan sin efecto los oficios Nº 20890, 20891 y 20892, de fecha 16 de noviembre de 2007, dirigidos al Departamento de Recursos Humanos de la Empresa LD Telecomunicaciones C.A; Departamento de Recursos Humanos de la Empresa LD Telecommunications Inc Employment Offer y a la Dra. MARIELA DE JESÚS MORALES SOTO, Juez del Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia se ordena al Tribunal a.....