Se dictó sentencia mediante la cual se declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MARTHA JOSEFINA CAMPOS GARCÍA, a través de apoderada judicial, contra la decisión dictada por la Juez Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 17/03/08 que fijó el Régimen de Convivencia Familiar Provisional Supervisado, descrito supra. SEGUNDO: En virtud del anterior pronunciamiento, queda FIRME la sentencia apelada.