Se dictó sentencia en la que se declaró CON LUGAR la Inhibición planteada por la Dra. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN, en su carácter de Juez Unipersonal Nº 13 del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en fecha 04 de julio de 2008, de conformidad con lo establecido en los ordinales 15° y 18° del artículo 82 y 88, ambos del Código de Procedimiento Civil, para conocer del asunto signado con las letras y números AP51-V-2006-022977.