Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de octubre del 2009, por la ciudadana VANESSA COROMOTO MUÑOZ GUERRA, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad número: V- 10.335.498, en contra de la decisión de fecha 05 de octubre del 2009, dictada por la Juez Unipersonal 12 de este Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia queda modificado el fallo recurrido solo en el punto de las dos bonificaciones especiales previstas para los meses de agosto y septiembre, a tal efecto quedan establecidas cada una por la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00). Y ASÍ FORMAL Y EXPRESAMENTE SE DECIDE.