Se declara incompetente para conocer de la solicitud de exequátur de la sentencia de divorcio dictada en fecha 16 de junio del 2008, por la Corte Superior de New Jersey de los Estados Unidos de América, presentada en fecha 27 de mayo del año 2009, por la abogada FULVIA ROMERO MONTILLA Inpreabogado Nº 71.547, en su condición de apoderada judicial del ciudadano ALFREDO JOSÉ LÓPEZ MARÍN, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.075.720 ante el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien en fecha 05 de agosto del año 2009 declinó la competencia a esta Corte Superior Segunda. En consecuencia, SOLICITA DE OFICIO LA REGULACION DE COMPETENCIA, remitiendo el presente asunto a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que decida lo conducente.