El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la empresa aportante "MEDICA PORTUGUESA, C.A."; contra la Resolución Culminatoria del Sumario Nº 542 de fecha 02 de septiembre de 2002, emanada de la Gerencia General de Finanzas del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), hoy Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES).
2.- NULA la Resolución antes identificada mediante la cual se impuso a la mencionada sociedad mercantil la obligación de pagar la cantidad de Ocho Millones Novecientos Dieciocho Mil Quinientos Setenta y Cuatro Bolívares Sin Céntimos (Bs. 8. 918.574,00), actualmente expresados en Ocho Mil Novecientos Dieciocho Bolívares con Cincuenta y Siete Céntimos (Bs. 8.918,57), por los aportes del dos por ciento (2%) dejados de.....