El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SIN LUGAR la oposición formulada por el ciudadano JOSUÉ REMIGIO GARCÍA MÉNDEZ,
2.- En consecuencia,
DECRETA:
Embargo Ejecutivo sobre los bienes propiedad del contribuyente JOSUÉ REMIGIO GARCÍA MÉNDEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 291 del vigente Código Orgánico Tributario en concordancia con lo previsto en el artículo 527 del Código de Procedimiento Civil, constituido por la cantidad de seiscientos treinta y seis mil doscientos cuarenta y ocho bolívares con cuarenta y seis céntimos (Bs. 636.248,46).-