Este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria Nº 0195/2013 con la cual se admitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la referida recurrente, así mismo se libró oficio Nº al ciudadano Procurador General de la Republica a los fines de informar sobre la evacuación de la Prueba de Exhibición solicitada por la representación de la mencionada recurrente.