Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, decide:
PRIMERO: Se desestima la oposición a la demanda de juicio ejecutivo formulada por las ciudadanas MARÍA CRISTINA HERNANDEZ ACOSTA y LILIANA LONGO, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la contribuyente "DOMINGUEZ & CIA, C.A.".
SEGUNDO: Se ordena proceder a la tramitación y sustanciación del presente juicio ejecutivo conforme a lo previsto en el Código Orgánico Tributario.
TERCERO: En cuanto al ofrecimiento de una constitución de fianza principal y solidaria de un institución bancaria de reconocida solvencia, este Tribunal deja expresa constancia que se pronunciará una vez que conste en autos la misma, cumplidos los requisitos legales correspondientes, A LOS FINES DE GARANTIZAR LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y SUS ACCESORIOS CONTENIDOS EN LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS IMPUGANDOS, Y EVITAR LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS, QUE COMPRENDA EL DOBLE.....