por cuanto las pruebas contenidas en el Capitulo I, referidas a las pruebas documentales, se ADMITEN específicamente las señaladas como: PRIMERO, TERCERO, QUINTO, SEXTO, NOVENO; las contenidas en el Capitulo III pruebas de informes, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva. Se INADMITEN las pruebas contenidas en el capitulo I, específicamente las contenidas en los puntos SEGUNDO, CUARTO, SEPTIMO y OCTAVO y Capítulo II (Inspección Judicial).