Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declaro HOMOLOGADO el desistimiento del recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente "LOFFLAND BROTHERS DE VENEZUELA, C.A.", contra la resolución No. RZ-DR-CC-2002-451 de fecha 03 de Septiembre de 2002 y notificada en fecha 04 de Septiembre de 2002, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
De conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Tributario, no hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.