Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara NEGADA LA SOLICITUD DE LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA formulada por la representación de la empresa SOLETANCHE BACHY, C.A, al estado que sea practicada la intimación de la contribuyente demandada, por cuanto esta juzgadora considera que no fue violentado su derecho a la defensa previsto en el numeral 1 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así se declara