Se declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil ELECTRONICA DE FABRICAS FACTRONICS, C.A., contra la Resolución Nº 250-15 emitida el 10 de julio de 2015, por la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, la cual declaró INADMISIBLE el Recurso Jerárquico ejercido contra el Acta de Intimación de Deuda Tributaria DRM-I-DIV-III-579/2014, de fecha 7 de agosto de 2014, emanada de la Dirección de Rentas Municipales de la mencionada Alcaldía.
Se ordena dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 287 del Código Orgánico Tributario.
La presente decisión tiene apelación, por cuanto su cuantía excede de las quinientas Unidades Tributarias (500 U.T.), de acuerdo con lo establecido en el artículo 285 del Código Orgánico Tributario vigente.
Se condena en costas a la recurrente, por el equivalente al cinco por ciento (1%) de la cuantía del recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 334 del Código Orgánico Tributario.