En vista de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR La Oposición al Juicio Ejecutivo planteada por el Apoderado Judicial PEDRO ALFONSO CAMARGO que actúa en representación de la Sociedad Mercantil de la C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, y en consecuencia Inadmisible el presente Juicio Ejecutivo.