"...
Visto el Escrito de Promoción de Prueba presentado en hora de despacho del día 28 de enero del año 2009, por el ciudadano RAMON BURGOS-IRAZABAL, Abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 98.762, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Contribuyente "HARVEST VINCCLER, S .C. A.", constante de treinta y dos (32) folios útiles, y veintitrés anexos marcados desde la "A" hasta la "T". Por cuanto las pruebas en él contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, este Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho dejando su apreciación para la definitiva..."