Por las razones expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, a fin de garantizar una efectiva administración de justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS de el acto administrativo de efectos particulares establecido en el oficio SNAT/INA/APAMAI/AAJ/2008/010039 de fecha 16 de diciembre de 2008, emanado del la Aduna Principal de Maiquetía, adscrita al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT, contentivo de la Resolución de Multa impuesta y establecida de conformidad con la letra a) del articulo 121 de la Ley Orgánica de Aduanas, realizada mediante escrito de fecha 11-02-2009 por el Abogado Javier Leopoldo Eleizalde Peña INPREABOGADO No 17.277, en su carácter de apoderado de la empresa AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A AVIANCA