Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la aportante MERPRO, S.A., sociedad mercantil domiciliada en Guatire, Estado Miranda. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la nulidad de la Resolución Culminatoria del Sumario N° 3358, emanada de la Gerencia General de Finanzas, Gerencia de Ingresos Tributarios del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) en fecha 09 de enero de 2004, y de las multas impuestas de conformidad con lo establecido en los artículos 97 y 85 del Código Orgánico Tributario de 1994, y 109, numeral 1, 111 y 95 del Código Orgánico Tributario de 2001.
SEGUNDO. COSTAS: Por cuanto el hecho de que el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), continúe imponiendo a los patronos el .....