D I S P O S I T I V O
En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta en fecha 24 de Mayo de 2006, por la ciudadana abogada MARÍA AUXILIADORA ÁLVAREZ DE RICARDO, actuando en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada ciudadanos IDALINA DOS SANTOS PESTAÑA y MARCELINO DA SILVA COELHO, en contra del auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 18 de Mayo de 2006.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se confirma en todas y cada una de sus partes el auto de fecha 18 de mayo de 2006, y entendiéndose la causa abierta a pruebas a partir de la referida fecha.
TERCERO: No se hace especial condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
CUARTO: Se hace .....