Como consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, a fin que se embarguen cantidades líquidas de dinero propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 3.644.747,59), siendo ésta la suma total de la cantidad adeudada, la cual comprende: PRIMERO: La cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 1.998.000,00), por concepto de capital del préstamo otorgado; SEGUNDO: La cantidad de UN MILLON TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 1.038.886,00), por concepto de intereses convencionales Los cuales a fin de su liquidación se solicita una experti.....