Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: ADMITE la apelación propuesta en fecha 02 de julio de 2013, por la Abogada BRIGITTE DI NATALE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 36.287, apoderada judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil VIEMA INGENIERIA C.A., (anteriormente CORPORACIÓN 1919, C.A.), domiciliada en Caracas e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 13 de abril de 1993, anotada bajo el Nº 18, Tomo 14 A sgdo., en su condición de deudora principal, en la persona de sus Directores ciudadanos JUAN CARLOS MAGUAL MANDE y RICARDO MANUEL EGEA ALFONZO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 6.976.857 y 6.911.907, y los ciudadanos JUAN CA.....