PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO formulado por la ciudadana LAURA ROSA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-5.785.716, asistida por el abogado EDGARDO YEPEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.979, por no ser contrario a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, versa sobre derechos disponibles y no afecta a terceros beneficiarios de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de los documentos originales, previa su certificación por Secretaría, y devueltos como sean se ordena la remisión del Expediente al Archivo Judicial.
TERCERO: Por cuanto el presente fallo se expide dentro de la oportunidad legal establecida por la ley para su emisión se hace innecesaria la notificación del mismo a las partes.