Como consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer la presente causa que por COBRO DE BOLIVARES (PROCEDIMIENTO INTIMACION) intenta la entidad bancaria VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A, BANCO UNIVERSAL, contra los ciudadanos JOSE ALIPIO MARQUEZ ROMERO, en su carácter de prestatario, y los ciudadanos JOSE LUIS CARRERO MENDEZ y MAGLY MAYELA ROMERO DE CARRERO, en su carácter de fiadores solidarios, ambas partes suficientemente identificadas al inicio de este fallo.
SEGUNDO: Este tribunal declina su competencia territorial en el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, por lo que una vez quede firme la presente decisión se ordena su inmediata remisión al tribunal en cuestión. Líbres.....