Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la oposición formulada por el abogado LUÍS RAMÓN OSORIO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.039, obrando con el carácter de apoderada judicial del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, parte demandada, en contra de las exhibiciones de las documentales marcadas con las letras "C", "F", "G", "H", "I", "K" y "LL", y el libro de obras, promovidas por la parte actora.
SEGUNDO: SE ADMITEN las pruebas documentales contenidas en el Capitulo I, conforme a la motiva de la presente providencia.
TERCERO: SE DESESTIMAN las exhibiciones de las documentales marcadas con las letras "C", "F", "G", "H", "I", "K" y "LL", contenidas en el Capítulo II, conforme a la motiva de la presente providencia.
CUARTO: SE INADMITE la exhibición del.....