Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el ciudadano ROBERTO RODRÍGUEZ LEÓN, procediendo en su carácter de Director y representante legal de la empresa VULCANO´S RISTORANTE, S.A., asistido por el abogado DANIEL BUVAT DE LA ROSA, todos plenamente identificados en el encabezamiento del presente fallo, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº R-LG-10-00165 de fecha 26 de noviembre de 2010, notificado el 1º de diciembre de 2010, emanado de la Dirección de Ingeniería Municipal de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA.
SEGUNDO: SIN LUGAR la mencionada demanda de nulidad.