DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia en la presente demanda de contenido patrimonial, interpuesto por la abogada Yolimar Domínguez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.957, actuando en su carácter de apoderada judicial del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE, interpuso demanda de contenido patrimonial en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA OPEM CAM C.A. Y SEGUROS PREMIER, C.A., la primera domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, inscrita ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 15 de marzo de 2011, bajo el N° 66, Tomo 169-A-VII. Siendo su última modificación inscrita ante el Registro Mercantil, en fe.....