Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se CORRIGE DE OFICIO el primer parágrafo del folio seis (6) de la sentencia Nº 33-2012 de fecha 29 de febrero de 2012, de conformidad con la motiva del presente fallo.
SEGUNDO: Téngase la presente decisión como parte integrante de dicho fallo.