DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE la prueba testimonial contenida en el Capítulo intitulado "DE LA PRUEBA TESTIMONIAL", del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte actora, conforme a la motiva de la presente providencia.