DECISIÓN
Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley se declara: 1°) INCOMPETENTE para conocer de la demanda de nulidad interpuesta por el abogado CARLOS ALBERTO CARRIZO GONZÁLEZ, obrando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil MARSHALL Y ASOCIADOS, C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 039-2009-01-01120, de fecha 15 de marzo de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo con sede en el Municipio Guaicaipuro, los Teques, estado Miranda, que ordenó el reenganche y pago de salarios caídos al ciudadano JOHAN GEOVANNY RADA, todos plenamente identificados en la parte motiva del presente fallo. 2°) DECLINA la competencia en el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en el Municipio Guaicaipuro, los Teques, estado Miranda.....