Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la abogada NINOSKA SOLÓRZANO RUIZ, apoderada judicial del ciudadano EMILIO ZAPATA, ya identificados, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 0021-2005 de fecha 08 de junio de 2005, dictada por el Contralor Municipal del Municipio Vargas, y en consecuencia declara la nulidad de dicho acto y ordena la reincorporación del ciudadano EMILIO ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.991.824 al cargo que venía desempeñando en la Contraloría Municipal del Municipio Vargas como Revisor IV o a otro de similar o superior jerarquía y remuneración, con el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la remoción hasta la efectiva reincorporación, con.....